Normativa de pesca en Madrid

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Para pescar en las aguas de la Comunidad de Madrid, es necesario que conozcas sus normas. De esta forma no correrás el peligro de ser sancionado, pues la pesca en Madrid es un deporte muy vigilado.

En este artículo del blog de WeFish encontrarás todas las normas que debes conocer para pescar en la Comunidad de Madrid. Desde infracciones, sanciones y cómo conseguir los permisos de pesca hasta saber cómo se clasifican los pescadores, qué peces se pueden capturar (en el que hacemos mayor hincapié en nuestro artículo sobre qué especies pescar en Madrid), cuáles son las especies invasoras, qué aguas no están vedadas y cuáles son las artes de pesca prohibidas. 

La pesca en Madrid podrá desarrollarse solo en los tramos autorizados, y hay que llevar en todo momento la licencia de pesca en vigor, acompañada del DNI.

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Aspectos a tener en cuenta sobre la normativa de pesca en Madrid

El permiso de pesca en Madrid

La licencia de pesca en Madrid es personal e intransferible. Se trata de una autorización administrativa que acredita el derecho a pescar en un tramo acotado en una fecha determinada. Con él no existe aparejado ningún derecho a la captura de un número mínimo de peces.

Durante la jornada de pesca, si ésta tiene lugar en un tramo acotado, experimental o de pesca controlada deberá poseerse un permiso de pesca nominativo, para ser mostrada a los agentes de la autoridad que la soliciten junto con la documentación que acredite la habilitación para la pesca en Madrid.

Para más información sobre los precios actualizados de las licencias de pesca en Madrid y en cualquier otra CCAA de España, pincha aquí.

Restricciones de la pesca en Madrid por el estado de alarma

Está permitida la práctica de la pesca marítima, deportiva y recreativa, en todas sus modalidades, siempre que se respete la distancia de seguridad interpersonal. El uso de mascarilla será obligatorio, aunque se mantenga la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros a excepción de la práctica de pesca submarina.

En los años pasados, el horario de pesca se establece desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta, a excepción de concursos oficiales, donde se podrá autorizar un horario distinto. Pero actualmente, dadas las restricciones debidas a la Covid_19, estos horarios/jornadas de pesca se han visto modificados. Los horarios de pesca recreativa son desde el orto al ocaso; la pesca recreativa desde tierra queda limitada al horario de 06:00 a 22:00 horas. Para más información sobre estás limitaciones os recomendamos entrar en este artículo sobre las nuevas restricciones y cómo interfieren en la pesca.

Se recuerdan las medidas de higiene y prevención en la pesca recreativa:

a) Es obligatorio el uso de mascarilla.

b) No se compartirán utensilios de pesca, ni utillaje de comida o bebida.

c) Se deberá limpiar y desinfectar el vestuario después de su uso.

d) Se deberán limpiar y desinfectar los utensilios de pesca utilizados.

pesca en Madrid
El uso de mascarilla es ahora obligatorio cuando salimos a pescar.

Clasificación de los pescadores

En el mundo de la pesca deportiva, cuya actividad se realiza con propósitos recreativos y sin fines de lucro, podemos clasificar a los usuarios de diversas formas de acuerdo a su procedencia. En lo que respecta a los diferentes tipos de pescadores destacamos:

  • Pescadores de sociedad colaboradora: forman parte de una sociedad de pesca.
  • Pescadores ribereños: vecinos nacidos o empadronados en los términos municipales por los que discurra o linde el tramo de río o embalse acotado.
  • Otros pescadores: con licencia de pesca no contemplados en los apartados anteriores.

¿Dónde no está permitida la pesca en Madrid?

Existen lugares en Madrid dónde poder practicar la pesca que son maravillosos. Te recomendamos leer este artículo sobre los mejores lugares de pesca en Madrid. Sin embargo, en lo que a normativa se refiere, hay varios tramos en los que la pesca en Madrid está prohibida o restringida.

Tramos vedados de la Comunidad de Madrid en 2021

Algunos de los tramos que se consideran inhábiles para la pesca en Madrid son los siguientes:

  • Los humedales catalogados de conformidad con la Ley 7/1990, de 28 de junio, de Protección de Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad de Madrid y parques salvo los autorizados para la pesca en esta Orden y así señalizados para este fin.
  • Cuenca del Duero (Río Duratón y sus arroyos dentro de la Comunidad de Madrid) .
  • Cuenca del Tajo: El río Tajo, en el término municipal de Aranjuez, desde el punto señalizado en la parcela de ribera que limita la instalación del Centro Especializado de Tecnificación Deportiva de la Piragüera hasta el “Puente de Barcas”. Así como
    la zona denominada “la ría” desde el jardín de la isla hasta 100 metros antes del Puente de Hierro del ferrocarril.
  • Subcuenca del Jarama: El primer tramo del río Jarama colindante con la provincia de Guadalajara (zona alta o cabecera del Jarama). Este tramo se considerará vedado para la pesca del cangrejo durante todo el año y finalizada la época truchera para cualquier especie.
    El segundo tramo del río Jarama colindante con la provincia de Guadalajara estará vedada la pesca de la trucha desde el 30 de septiembre hasta el 1 de abril.
  • El río Tajuña en el tramo comprendido desde su entrada en la Comunidad de Madrid hasta el fin de la colindancia con la Comunidad de Castilla la Mancha en Ambite (considerada zona truchera de baja montaña), vedada la pesca de la trucha desde el 30 de septiembre hasta el 1 de abril. En río Manzanares aguas abajo del embalse de Santillana hasta la presa del Embalse del Pardo, entre otras zonas.
  • Subcuenca del Guadarrama: Todas las aguas incluidas dentro de la zona truchera, a excepción de los tramos acotados. El tramo del río Guadarrama definido entre el cruce con la carretera M-519 hasta la desembocadura del río Aulencia. El tramo del río Aulencia aguas abajo del Embalse de Valmayor hasta su confluencia con el Río Guadarrama, el lago del parque de la Dehesa Boyal de Parla, el embalse de El Batán, en el Término Municipal de San Lorenzo de el Escorial.
  • Subcuenca del Alberche: El río Cofio y el río Aceña, desde los límites inferiores del acotado de Santa María de la Alameda en dichos ríos hasta el punto de cruce con la carretera M-505
    (límite sur-occidental de la zona truchera). Todos los arroyos que vierten a los ríos Cofio y Aceña, dentro de la zona truchera, y e
    El embalse de San Juan tendrá también la consideración de vedado en ciertas épocas.
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Carpas en el lago del Parque Juan Carlos I de Madrid (España).

Tramos en la Comunidad de Madrid en los que sólo se permite la captura y suelta

Existen tramos en Madrid donde la única modalidad de pesca permitida es la práctica de la captura y suelta durante el año 2021. Estos son:

  • El perímetro de los embalses de San Juan y Picadas salvo los tramos vedados.
  • El tramo del río Manzanares, comprendido aguas abajo desde la presa de El Embalse de El Pardo hasta el cruce con el Puente de los Capuchinos.
  • En el tramo del río Lozoya, aguas debajo del límite inferior del coto denominado “II Rascafría”, hasta el comienzo del coto denominado “III Alameda”, en el puente de Oteruelo del Valle, para salmónidos.
  • En la cuenca del Jarama, el tramo libre truchero comprendido, desde el nacimiento del rio Jarama hasta la confluencia del Arroyo de las Huelgas en el límite de la zona truchera desde el 1 de mayo hasta el cierre de la época hábil truchera.
  • En el río Tajuña, en el tramo comprendido desde su entrada en la Comunidad de Madrid hasta el fin de la colindancia con la Comunidad de Castilla la Mancha en Ambite. Entre el 30 de septiembre y el 1 de abril se autoriza la pesca de ciprínidos con cebo natural de origen vegetal y anzuelo simple sin arponcillo.
  • Los tramos de los ríos Henares, Jarama y Manzanares no vedados que estén incluidos en zonas B del Parque del Sureste, de conformidad con el PORN de este espacio natural.
  • De lunes a viernes no festivos: los puestos habilitados del Lago de Polvoranca en el término municipal de Leganés (de 9 a 15 horas), considerado como tramo libre “sin muerte”. La actividad de la pesca en el Lago de Polvoranca, estará reservada a personas mayores de 65 años y personas con discapacidad los lunes, con la documentación que oportunamente se reglamente en el Plan de Pesca de este escenario.
  • Desde el 14 de marzo hasta el 12 de octubre los siguientes tramos (de pesca experimental): Desde el puente de la Nacional I hasta el muro de la presa de Riosequillo y el tramo del río Madarquillos comprendido entre el límite inferior del antiguo coto de Horcajo (Molino de Madarcos) y la desembocadura en el embalse de Puentes Viejas. Solo se permite el empleo de mosca artificial y cucharilla de un anzuelo sin muerte. El resto del año ambos tramos se considerarán vedados.
  • Embalse de los Morales en Rozas de Puerto Real.
  • El Lago de Butarque, en el Término Municipal de Leganés.
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Tramo permitido de pesca en el embalse de Santillana.

Artes de pesca permitidos

Para finalizar este artículo sobre la normativa de pesca en Madrid, comentaremos que artes de pesca están permitidos y cuáles no. Solo se permite pescar empleando un máximo de dos cañas de pesca al alcance de la mano (solo 1 caña en la zona truchera) o mediante un máximo de diez reteles o lamparillas en menos de 100 metros lineales para la captura del cangrejo.

No pueden emplearse ni redes, trasmallos, sedales durmientes, ni pescar a mano ni cualquier procedimiento de instalación de obstáculos o barreras, así como la alteración de cauces o caudales para facilitar la pesca o el uso de aparatos electrocutantes o paralizantes, fuentes luminosas artificiales, explosivos o sustancias venenosas, paralizantes, tranquilizantes, atrayentes o repelentes.

Está prohibido emplear como cebo de pez vivo o muerto. Los cebos de pesca que se pueden emplear en las aguas situadas fuera de la zona truchera pueden ser naturales (lombriz, canutillo, gusarapa, asticot, maiz, patata cocida y otras mezclas de origen natural) y artificiales (cucharilla, mosca, streamer, imitaciones de peces, vinilos y masillas artificiales).


Gracias por leernos, esperamos que os haya parecido interesante nuestro artículo sobre la normativa de pesca en Madrid y os recordamos que en nuestra aplicación de pesca, WeFish, podréis conocer más sobre el mundo de la pesca.

¡Todo lo que necesitas saber para la pesca en Madrid lo podrás encontrar en WeFish! ¡Nos encanta ver vuestras capturas!

Y como siempre decimos, ¡buena pesca!

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